Shomrim (Cuidadores)

Shomer (cuidador)

Es permitido tener Yijud, entre un hombre y una mujer, con la condición de que haya un cuidador que esté vigilando la situación (aunque entre y salga del cuarto) entre él y ella, inclusive la mujer puede tener Yijud con un no judío, si hay un cuidador. Estos cuidadores, tienen que venir considerándose y sabiendo que se son cuidadores, y no basta con que sólo estén ahí presentes.

Existen varios tipos de cuidadores, que son:

Niños 

El motivo de que el niño puede salvar la situación de Yijud, es por cuanto de que un niño entiende lo que es tener relaciones, pero nunca lo llegaría hacer a esa edad; por lo tanto, el niño delataría lo que pasaría entre el hombre y la mujer, y por lo tanto, ellos tienen miedo de hacer algo prohibido.

Es permitido tener Yijud con una mujer, si ahí se encuentra un niño desde 5 a 12 años, o una niña de 5 a 9 años, y hay quien dice que la mujer hasta los 12 años puede ser cuidadora.

Inclusive que ya mencionamos que para los Sefaradím es necesario que haya 3 mujeres y 3 hombres para que no haya prohibición de Yijud; en el caso del niño, va a ser permitido inclusive para los Sefaradím.

Todo lo que mencionamos, es aplicable solamente en el día; pero de noche, si es un horario que los niños ya se van a acostar normalmente, solamente es permitido tener Yijud con 2 cuidadores niños, ya sean 2 niños, 2 niñas o 1 niño y 1 niña de las edades que mencionamos.

Inclusive si los niños se encuentran en otro cuarto (con las puertas abiertas) del que se encuentran el hombre y la mujer, también se consideran como cuidadores.

Parientes en el lugar del Yijud

Es permitido tener Yijud con una mujer en la noche, con la condición, de que se encuentre ahí, una mujer que sea permitido tener Yijud, y utilizarla como cuidadora; por ejemplo, estar con: La hija (de él) y otra mujer. – La madre (de él) y otra mujer. – La hermana (de él) y otra mujer. – La nieta (de él) y otra mujer. – La abuela (de él) y otra mujer. – La esposa (de él) y otra mujer.

Ya que estas parientas se encuentran ahí, las llamamos que son las cuidadoras; aunque hay quien discute, y sólo permite cuando la esposa se encuentra ahí, y no todas las parientas que escribimos.

Igualmente podemos utilizar a los parientes de la mujer para que sean cuidadores en el día; (por ejemplo, es permitido que un hombre tenga Yijud con otra mujer, siempre y cuando se encuentre ahí el papá de la esposa); y los casos son:- El papá (de la esposa) y otra mujer. – El abuelo (de la esposa) y otra mujer. – El hijo (de la esposa) y otra mujer. – El hermano (de la esposa) y otra mujer.

Es permitido tener Yijud con dos mujeres específicamente las que vamos a mencionar, ya que normalmente tienen un tipo de odio entre ellas, y no hay sospecha de que una deje a la otra a pecar con la otra mujer, y estas son:

Cualquier mujer y la suegra de ella,(si el hombre mantiene a las dos, es prohibido). – Cualquier mujer y su ahijada de él (hija que tuvo con otra mujer).- Con cualquier mujer y cuñada de ella. – Con 2 cuñadas (esposas de los hermanos del hombre). Todo esto puede aplicarse también para altas horas de la noche o en lugares donde no pasa mucho la gente, aunque hay quien discute, y hay que cuidarse de cumplir la opinión estricta y tener 2 cuidadores.

Parientes dentro de la ciudad

Es permitido tener Yijud con dos mujeres, si es que el esposo de una de ellas, se encuentra dentro de la ciudad. Si las dos mujeres son muy amigas, y no están sus esposos ahí, no se debe tener Yijud con ellas.

Vecinos

Referente al cuidador, no es necesario que esté todo el tiempo precisamente en el lugar del Yijud, pero si es necesario que entre y salga de repente, y no sólo en horarios fijos. Esto es para demostrar que sí existe alguien vigilando y que tiene la opción de entrar a la hora que sea.

Por lo tanto, es permitido que un hombre tenga Yijud en su casa con una mujer, pidiéndole al vecino o a cualquier otra persona, que entre de vez en cuando. Y es necesario que tenga la llave el vecino o que esté abierta la puerta, si no es así, no va a poder entrar el vecino. Sólo en situaciones de necesidad es permitido apoyarse en esto.

Si se trata en la noche, es necesario pedirles a dos vecinos que vengan de vez en cuando a visitarlo, ya que sospechamos a que uno de los dos se duerma.

Existen horarios en la noche, que basta con un solo cuidador: – Si es un horario que la gente todavía no se va a dormir, aunque sea noche, basta con un cuidador; ya que depende de la cantidad de gente que pase por el lugar del Yijud. – Lugares concurridos, y asistidos por las personas, basta con un solo cuidador. – Lugares que hay servicios públicos, se consideran como lugares concurridos, ya que en cualquier momento puede llegar alguien. Hoy en día, la mayoría de lugares en la calle, se consideran como lugares concurridos.